Exoneración del pasivo insatisfecho (antigua ley de la segunda oportunidad)
Es un proceso que tiene cabida dentro de la Ley Concursal y que afecta a las personas físicas, sean o no empresarias (no a las sociedades mercantiles).
Una de las reformas más relevantes es que, si se cumplen una serie de requisitos y el deudor se acoge a un plan de pagos, en vez de la liquidación de sus bienes, existe la posibilidad de conservar la vivienda habitual y los activos empresariales y no se requerirá el pago de ciertas deudas para acceder a la condonación («perdón») de las mismas.
Asimismo, asesoramos a particulares y empresas, para conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir que, tanto el empresario como el ciudadano que tenga dos o más acreedores, pueda verse liberado de todas las deudas que haya contraído, pudiendo volver al tráfico mercantil sin deudor alguno, todo gracias al equipo de profesionales de Lanvèrt.
También puede verse exonerado a través de este mecanismo de los créditos públicos que se hayan contraído, es decir, deudas con Hacienda y Seguridad Social.
Lanvèrt cuenta con abogados y economistas expertos en negociar con todas las partes deudor y acreedor y que puedan cumplir con todos los requerimientos necesarios para acogerse a la Ley de la segunda oportunidad.